Responsabilidad Civil



Por el seguro de Responsabilidad Civil, el asegurador se obliga a indemnizar los daños y perjuicios causados a terceros, de los cuales sea civilmente responsable el asegurado:
Responsabilidad Civil Patronal
Cubre trabajos efectuados en Altura y Trabajos subterráneos (excepto trabajos mineros).
Responsabilidad Civil Construcción
Se cubren obras menores de ampliación, remodelación, reparación y construcción en
ubicaciones del asegurado.
Responsabilidad Civil por daño moral y lucro cesante
Se extiende a indemnizar al asegurado por los pagos que le sea obligado efectuar por pérdidas de lucro cesante de terceros, o por daño moral, como consecuencia de un daño corporal o material amparado por este seguro en el cual el asegurado resulte civilmente responsable y por sentencia ejecutoriada.
Responsabilidad Civil derivada de la Ingesta de Alimentos y Bebidas no alcohólicas
servidas por el asegurado, siempre que los daños se manifiesten antes de cumplidos 7 días desde la fecha de entrega del suministro y dentro de la vigencia de la póliza.
Responsabilidad Civil, por Contratistas y Subcontratistas
Daños y/o perjuicios causados a terceros por los que resulte civilmente responsable como consecuencia de los trabajos que realicen sus contratistas y/o subcontratistas en el ejercicio de las labores encomendadas por el asegurado y en exceso de sus pólizas individuales. Se deja constancia que los contratistas y subcontratistas no son asegurados adicionales y esta extensión se aplica en la medida que el asegurado sea condenado judicialmente o bien, sea por transacción aceptada por la compañía de seguros.
Responsabilidad Civil Vehicular
Se cubren tanto los vehículos propios como de terceros por los cuales el Asegurado sea responsable y/o arrendado según sean sus necesidades, solo en labores que tengan relación con la actividad asegurada.
Se incluyen los daños ocasionados por vehículos conducidos por conductores dependientes
Responsabilidad Civil Equipo Móvil
Se cubren tanto los equipos propios como de terceros (arrendados o en leasing) por los cuales el Asegurado sea responsable y/o arrendados según sean sus necesidades, solo para labores que tengan relación con la actividad asegurada.
La presente cobertura se extiende a cubrir los daños causados por los bienes o materias trasladadas por la materia asegurada.
Responsabilidad Civil Inmueble
cubriéndose depósitos de carburantes y aceites de quemar, piscinas privadas, ascensores, montacargas, carteles y Rótulos.
Responsabilidad Civil Empresa
cubriéndose la venta en locales, tiendas, almacenes, a los cuales el público tiene libre acceso.
Se cubre la responsabilidad civil derivada de incendio y explosión, excepto de sustancias tales como explosivos, dinamita y/o similares.